Estado argentino financiará a sicarios
La Corte Suprema de Justicia de la Nación, por unanimidad, confirmó la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Chubut que, en marzo de 2010, autorizó el aborto a una menor que había sido violada. Emitieron voto conjunto el Presidente del Tribunal Ricardo Lorenzetti, su Vicepresidente Elena Highton de Nolasco y los jueces Carlos Fayt, Juan Carlos Maqueda y Eugenio Zaffaroni, con votos individuales se sumaron Enrique Petracchi y Carmen Argibay.
Aunque la cuestión se había vuelto abstracta –porque el pequeño inocente concebido tras la violación fue ejecutado hace un par de años- la Corte se expidió sobre el caso de Chubut “con la finalidad de que el criterio del Tribunal sea expresado y conocido para la solución de casos análogos que puedan presentarse en el futuro”.
Se le deberá practicar el aborto a cualquier mujer que manifieste ante el profesional tratante, mediante declaración jurada, que su embarazo es producto de una violación. La gestante no necesitará elevar cargos contra su agresor, ni brindar informaciones policiales. La posibilidad de “casos fabricados”, “no puede ser nunca razón suficiente para imponer a las víctimas de delitos sexuales obstáculos que vulneren el goce efectivo de sus legítimos derechos”.
La Corte exhortó a las autoridades nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a implementar y hacer operativos, protocolos hospitalarios para la concreta atención de los mal llamados "abortos no punibles”. Y a los jueces a abstenerse de judicializar el acceso a los mismos.
Defender la Vida
En relación a la medida sancionada hace horas por la Corte de Justicia en la que se pronunció a favor del aborto en caso de violación, la cual sienta jurisprudencia en esta problemática, Olmedo dijo que “puede ser que siente precedente pero no quiere decir sea la ley”. Al tiempo que anunció que “voy a luchar desde la Cámara en este tema”.
El fallo del Tribunal viene a cerrar una polémica sobre la interpretación del artículo 86 del Código Penal, que establece los únicos dos casos de aborto no punible en Argentina, uno de los cuales dispone que se permitirá la interrupción de la gestación "si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente".
Sin embargo, Olmedo sostuvo que “no importa si hay una violación de por medio, yo respeto la vida”.
Recordemos que el diputado que representa a Salta en la Cámara Baja de la Nación es uno de los legisladores que desde que comenzó el debate por el aborto y su despenalización se opuso tajantemente al tema.
El año pasado presentó un proyecto de ley de adopción “para que al aborto se lo pueda combatir con vida no con muerte”, declaró el diputado.
“La posición que yo tengo es defender la vida”, finalizó el diputado de Salta Somos Todos.
En relación a la medida sancionada hace horas por la Corte de Justicia en la que se pronunció a favor del aborto en caso de violación, la cual sienta jurisprudencia en esta problemática, Olmedo dijo que “puede ser que siente precedente pero no quiere decir sea la ley”. Al tiempo que anunció que “voy a luchar desde la Cámara en este tema”.
El fallo del Tribunal viene a cerrar una polémica sobre la interpretación del artículo 86 del Código Penal, que establece los únicos dos casos de aborto no punible en Argentina, uno de los cuales dispone que se permitirá la interrupción de la gestación "si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente".
Sin embargo, Olmedo sostuvo que “no importa si hay una violación de por medio, yo respeto la vida”.
Recordemos que el diputado que representa a Salta en la Cámara Baja de la Nación es uno de los legisladores que desde que comenzó el debate por el aborto y su despenalización se opuso tajantemente al tema.
El año pasado presentó un proyecto de ley de adopción “para que al aborto se lo pueda combatir con vida no con muerte”, declaró el diputado.
“La posición que yo tengo es defender la vida”, finalizó el diputado de Salta Somos Todos.



