Alvaro Herrero es director ejecutivo de la Asociación por los Derechos Civiles, entidad que presentó un amparo en contra de la educación religiosa en la escuela pública junto con nueve padres.
En diálogo con El Tribuno, informó el lunes que se apeló la resolución del juez Marcelo Domínguez sobre el caso porque no declaró la inconstitucionalidad de la educación confesional.
En diálogo con El Tribuno, informó el lunes que se apeló la resolución del juez Marcelo Domínguez sobre el caso porque no declaró la inconstitucionalidad de la educación confesional.
Sin embargo, destacó que la sentencia implicó un avance importante porque prohibió las prácticas religiosas obligatorias para los alumnos. Consideró que el Gobierno de la Provincia debería suspender los rezos y otras actividades similares en los horarios de clase en instituciones estatales en respuesta a la resolución de la Justicia.
La resolución de Domínguez fue la respuesta al amparo que denuncia que la enseñanza religiosa en las aulas públicas es discriminatoria y que se utiliza para impartir solo la fe católica.
- Tras el fallo del juez Marcelo Domínguez, los obispos de Salta emitieron un comunicado defendiendo la educación religiosa y asegurando que “es un derecho de los chicos” ¿Qué opina?
- Aquí no hay encono en contra de la Iglesia Católica. Los obispos tienen razón en que los padres tienen derecho a que los chicos tengan educación religiosa, pero en una escuela privada. En una escuela pública, eso es incorrecto. Se debe leer la Constitución Nacional.
- Después de la resolución de la Justicia, el Gobierno difundió que las prácticas católicas en la escuela pública no son obligatorias y que son “costumbres con arraigo”.
- No se pueden incluir ritos de la religión católica ni de ninguna otra en la escuela pública. Eso está en abierta contradicción con la Constitución Nacional. Esto no debería pasar, no sólo no ser obligatorio. El Ministerio de Educación de la Provincia, haciendo caso a la resolución del juez Marcelo Domínguez, debería ordenar que cesen estas prácticas. Y si son costumbres, deberían desarrollarse fuera del horario escolar.
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