En una nota que lleva la firma de la filial Salta de DAIA, Delegación de
Asociaciones Israelitas Argentinas, la Asociación Alianza Israelita de
SSMM y la Sociedad Israelita Salteña La Union de SSMM, se señaló que el
fallo del juez Marcelo Domínguez “protege la libertad de conciencia”.
“Con este fallo se protege la libertad de conciencia, se reafirma la autoridad de la ley y de los valores sobre los que ella reposa. Se recupera el sentido y la vigencia de la idea y las prácticas de nuestra educación moderna, republicana y progresista en la que se formaron los hijos del país y millones de inmigrantes que, gracias a esa educación, se integraron al país como argentinos plenos”, señalaron las entidades en el comunicado.
La nota también hace hincapié en que ahora el gobierno provincial deberá “adoptar las medidas necesarias para que cesen” las prácticas religiosas, respetar la Constitución, los tratados internacionales y los principios que incorporó la ley 1420 de enseñanza obligatoria y laica y la tolerancia religiosa con la que, desde hace más de un siglo, se formaron cinco generaciones de argentinos”.
En noviembre de 2011, la Masonería Argentina dio a conocer su “Carta de Salta” al término de las deliberaciones de su Congreso Nacional del
Simbolismo. Expresó, entre otros conceptos, que el laicismo es la
“doctrina que defiende la independencia del hombre o de la sociedad, y
más particularmente del Estado, respecto de cualquier organización o
confesión religiosa”. También dijo en ese documento que la masonería “no
constituye una religión, respeta a todos los credos por igual bajo el
amparo de la ley y reserva las creencias y sus prácticas al fuero
íntimo de cada persona”.
Esos conceptos retoman vigencia al
conocerse la sentencia de la justicia salteña en una acción de amparo
promovida en 2010 por un grupo de madres contra la ley que dispuso la
enseñanza religiosa en los establecimientos de educación pública de la
provincia.
Según se ha sabido, el fallo dispone que el gobierno
salteño modifique el contenido de la referida asignatura dotándola de
un contenido “imparcial, objetivo y respetuoso de la libertad de
conciencia y de expresión”.
La Gran Logia de la Argentina de
Libres y Aceptados Masones expresa su satisfacción por el avance que
supone esta palabra judicial, pero lamenta que no haya alcanzado para
evitar el propio dictado de la materia ni haya declarado la
inconstitucionalidad de la norma que la contiene. También señala su
apoyo a la precaución que se deberá adoptar para que se enseñe religión
como un hecho cultural y axiológico y no en beneficio de un credo
específico, porque el Estado no debe valerse de la educación pública
para beneficio de una religión en particular.
En
su Congreso Nacional del Simbolismo de 2011, la Masonería Argentina
puntualizó con preocupación que en Salta “se olvida que el Estado es de
todos, que además los creyentes, los agnósticos y los no creyentes lo
sostienen con sus impuestos y contribuciones y que esos dineros públicos
no pueden ser destinados a fines arbitrariamente decididos por el
administrador y ajenos al conjunto de la sociedad. Admitimos que existen
credos que son practicados por una mayoría del pueblo, pero es de buen
ejercicio de la democracia que no se tome a la parte por el todo y se
decidan medidas que no respetan ni atienden a la dignidad de los
ciudadanos que integran las minorías. La sentencia judicial ha
coincidido parcialmente con esos conceptos. Es necesario ahora que las
instancias superiores de la Justicia se hagan cargo del trecho que resta
por recorrer y dicten un fallo que asegure la neutralidad religiosa en
la enseñanza pública como forma de asegurar la igualdad de
oportunidades.”

