En la Causa 25.990/12 el juez de Instrucción Formal 7º Nominación, Jorge Sosa Vallejos, citó como imputados a los abogados Tania Nieves Kiriaco y David Arnaldo Leiva para hoy a las 10:30. La orden se dispuso en el marco de la investigación promovida por la agente Fiscal Penal N° 2 María Inés Loyola y en la que se trata de determinar si cometieron el delito de estafa en perjuicio de los hermanos Luis Rubén y Marcos Humberto Fronda.
El pasado 4 de mayo Luis Fronda se presentó ante el procurador General Pablo López Viñals y solicitó se iniciara pesquisa por considerar que Kiriaco les había cobrado honorarios por partida doble por una cifra superior a los $ 46.000 cuando le habían regulado por el trabajo $ 22.364,16.
Los hermanos Fronda solicitaron en el 2004 al Estado Nacional que les pagara la indemnización por el asesinato en enero de 1975 de su hermano Eduardo Fronda a manos del aparato terrorista estatal. Para ello tuvieron que contratar los servicios de un abogado y Kiriaco.
La fiscal Loyola inicialmente consideró que no podía abrir investigación por no haberse acompañado un convenio de honorarios que Kiriaco tenía guardado en su estudio jurídico.
Luego que el juez José María Alvarado Solá se opusiera y la abogada presentara la documentación que estaba bajo su custodia, se promovió acción penal en su contra por considerar Loyola que “prima facie” se había engañado a los Fronda y se les había causado perjuicio patrimonial, elementos configurativos del delito de estafa.
La citación de Leiva, quien inicialmente no fue denunciado por no haber constancias de cobro más que de los honorarios que le regularon en un juicio sucesorio, obedecería a un recibo por $ 12.200 que acompañó Kiriaco, firmado por la también dirigente de derechos humanos Cristina Cobos e invocando la posterior entrega a Leiva, con el que se pretende probar que el abogado habría compartido parte del dinero que se cobró indebidamente.
El pasado 4 de mayo Luis Fronda se presentó ante el procurador General Pablo López Viñals y solicitó se iniciara pesquisa por considerar que Kiriaco les había cobrado honorarios por partida doble por una cifra superior a los $ 46.000 cuando le habían regulado por el trabajo $ 22.364,16.
Los hermanos Fronda solicitaron en el 2004 al Estado Nacional que les pagara la indemnización por el asesinato en enero de 1975 de su hermano Eduardo Fronda a manos del aparato terrorista estatal. Para ello tuvieron que contratar los servicios de un abogado y Kiriaco.
La fiscal Loyola inicialmente consideró que no podía abrir investigación por no haberse acompañado un convenio de honorarios que Kiriaco tenía guardado en su estudio jurídico.
Luego que el juez José María Alvarado Solá se opusiera y la abogada presentara la documentación que estaba bajo su custodia, se promovió acción penal en su contra por considerar Loyola que “prima facie” se había engañado a los Fronda y se les había causado perjuicio patrimonial, elementos configurativos del delito de estafa.
La citación de Leiva, quien inicialmente no fue denunciado por no haber constancias de cobro más que de los honorarios que le regularon en un juicio sucesorio, obedecería a un recibo por $ 12.200 que acompañó Kiriaco, firmado por la también dirigente de derechos humanos Cristina Cobos e invocando la posterior entrega a Leiva, con el que se pretende probar que el abogado habría compartido parte del dinero que se cobró indebidamente.