El condenado ex represor Luciano Benjamín Menéndez será sometido a un
nuevo juicio oral en Tucumán por los delitos de lesa humanidad cometidos
durante la última dictadura militar en nuestra provincia. En este caso,
deberá rendir cuentas por la apropiación ilegítima, mediante coerción,
de una estancia de varias hectáreas de extensión donde años más tarde se
erigió el pueblo de Capitán Cáceres, en el marco del plan de
"Reubicación Rural" dispuesto por el gobierno de facto.
Como consecuencia de ese accionar de la dictadura, eventualmente, el Estado democrático podría ser condenado a pagarle una indemnización superior a los 48 millones y medio de pesos a la familia a la que le fueron arrebatadas las tierras.
El pasado 6 de junio, el titular del Juzgado Federal I, Raúl Daniel Bejas, firmó el acto de clausura de la etapa de instrucción y elevó a juicio oral y público la causa "Toledo vda. de Ygel, María Elena su denuncia (expediente 782/2005).
La acusación formulada por la fiscalía y la querella está fundamentada en el secuestro con fines extorsivos de Jorge Ygel (hoy fallecido) y Julia Rita Ariza, madre de la denunciante, ocurrido en noviembre de 1977.
Conforme indica el expediente, ambos fueron secuestrados de la casa familiar, ubicada en la calle Rovelli de la ciudad de Tafi Viejo. Julia Rita Ariza fue conducida al comando de la Quinta Brigada de Infantería, donde luego de ser encañonada con armas de fuego fue obligada a firmar un instrumento en el cual donaba 25 hectáreas en la localidad de Yacuchina, cerca de Monteros.
Con el plan de" Reubicación Rural" dispuesto por el entonces interventor militar de Tucumán, Antonio Bussi, en las tierras de propiedad de la familia Ariza-Toledo, conocida en la época con Estancia Yacuchina, luego se levantó el pueblo de Capitán Cáceres.
La querella particular, representada por el abogado Bernardo Lobo Bugeau, sostuvo en la acusación, presentada el 11 de abril de 2011, que "las conductas de despojo patrimonial fueron parte principal del terrorismo de estado que se desató en Tucumán desde 1975. El ius cogens obliga sancionar conductas que lograron destruir el cuerpo social y familiar. La magnitud de los estragos patrimoniales irrogados a la familia despojada ha quedado demostrado con el informe técnico que forma parte de la acción civil", advirtieron en la demanda.
Por estos hechos, Bejas procesó a Bussi en 2009, cuando el ex gobernador de Tucumán, quien falleció en 2011, todavía estaba vivo. En su fallo, el juez advirtió que "la transferencia por donación se habría realizado de manera irregular ya que habrían existido vicios en la voluntad de Ariza al realizar el acto. Se encontraría demostrado en autos el accionar ilegal de las autoridades provinciales de facto, quienes para lograr el cometido de la Ley 4.530 dieron comienzo a la construcción de Capitán Cáceres en setiembre de 1976, cuando los terrenos pertenecían a la familia Ariza", señaló el magistrado federal.
En esa oportunidad, el titular del Juzgado Federal I de Tucumán fundamentó su sentencia sobre la diferencia temporal entre el inicio de la construcción del pueblo y la firma de la donación. "La urbanización se inició alrededor de setiembre de 1976, sin embargo, y en lo que respecta a la localidad de Yacuchina, los terrenos pertenecían a Ariza. En ese contexto de desmesura es probable que, al tomar conocimiento Bussi que los terrenos donde se había asentado Capitán Cáceres eran propiedad privada -y a más de un año del inicio de la construcción- habría utilizado el poder del Estado para secuestrar y amenazar a miembros de la familia de la titular de las tierras, con el fin de obtener la donación", aseveró.
Una particularidad sobre las tierras despojadas a la familia de Ariza es
que casi 20 años después de haber sido usurpadas por la dictadura, en
junio de 1997 fueron transferidas por la Provincia al Obispado de la
Santísima Concepción. Curiosamente, quien estaba al frente del Poder
Ejecutivo provincial cuando se hizo la donación a la Iglesia era el
mismo Antonio Bussi que en 1977 habría obligado a los dueños de las
tierras a entregarlas para la causa militar.
El de Capitán Cáceres no es el único caso de un pueblo construido en Tucumán mediante este tipo de maniobras realizadas por los dictadores. La Ley 4.530, promulgada por el gobierno militar el 16 de agosto de 1976, creaba un "Organismo ad-hoc de Reubicación Rural", bajo dependencia directa del gobernador (por entonces, Bussi), para que este se haga cargo del estudio, del proyecto y de la ejecución de las obras necesarias para el reordenamiento y para la construcción de las localidades de Caspichango, Los Sosa, Yacuchina y Colonia. Bajo el imperio de esta norma, junto con Capitán Cáceres, en los años siguientes, en estos parajes se edificaron las localidades Teniente Rodolfo Hernán Berdina, Sargento Miguel Arturo Moya y Soldado Ismael Maldonado.
El de Capitán Cáceres no es el único caso de un pueblo construido en Tucumán mediante este tipo de maniobras realizadas por los dictadores. La Ley 4.530, promulgada por el gobierno militar el 16 de agosto de 1976, creaba un "Organismo ad-hoc de Reubicación Rural", bajo dependencia directa del gobernador (por entonces, Bussi), para que este se haga cargo del estudio, del proyecto y de la ejecución de las obras necesarias para el reordenamiento y para la construcción de las localidades de Caspichango, Los Sosa, Yacuchina y Colonia. Bajo el imperio de esta norma, junto con Capitán Cáceres, en los años siguientes, en estos parajes se edificaron las localidades Teniente Rodolfo Hernán Berdina, Sargento Miguel Arturo Moya y Soldado Ismael Maldonado.

